MEDICINA TRADICIONAL CHINA
(INCLUYENDO ACUPUNTURA)
(INCLUYENDO ACUPUNTURA)
La medicina tradicional China y la acupuntura es una medicina
alternativa que ayuda al ser humano a mejorar su estado de salud por medio de
técnicas y artes milenarias desarrolladas en China, en donde no solo se
encargan de la parte física sino también de la energía (CHI) qué tiene el
cuerpo. Al tener tan buen recibimiento en el mundo cada país ha quedado leyes
normas y condiciones que se tienen que cumplir para poder ejercer la medicina
tradicional China y la acupuntura.
¿QUÉ NORMAS Y LEYES EXISTEN EN COLOMBIA PARA ESTAS TERAPIAS NATURALES?
Las siguientes normatividades corresponden a las actividades que
involucran los procedimientos en la medicina tradicional China y acupuntura en
Colombia:
-Al revisar la normativa referente a la primera mitad del siglo, no se
encuentran disposiciones que mencionen de manera explícita a la Medicina
Tradicional China, ni la Acupuntura, como si se encontraba para el ejercicio de
la homeopatía. Sin embargo, en el Acta 056 de noviembre de 1979 menciona
a la Acupuntura como método terapéutico, de una medicina única.
-La Resolución 5261 de 1994.: Por la cual se establece el
Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de
Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. En esta normativa
hace referencia a que los Usuarios pueden escoger el manejo de su salud
mediante el uso de medicinas alternativas:
CONSULTA MEDICA GENERAL O PARAMEDICA. Entidades Promotoras de Salud
podrán permitir la utilización de medicinas alternativas siempre y cuando estas
se encuentren autorizadas para su ejercicio y cuando medie previa solicitud del
paciente.
-La Resolución 2927 de 1998: “Por la cual se reglamenta la práctica
de terapias alternativas en la prestación de servicios de salud, se establecen
normas técnicas, científicas y administrativas y se dictan otras
disposiciones”. Los prestadores que ofrezcan servicios de salud en Medicina
Alternativa deben cumplir las normas y disposiciones establecidas, abriendo la
posibilidad del establecimiento de tarifas por esta clase de prestación de
servicios. La bioenergética, la homeopatía y sus modalidades, la terapia
neural, la terapia con filtros, las terapias manuales, y la Acupuntura con sus
procedimientos asociados son oficialmente aceptadas para ser utilizadas en la
atención de pacientes.
-El anexo técnico 1 de La resolución 1043 del 03 de abril de 2006: Esta norma
enfatiza que los profesionales en salud que ejercen las terapias alternativas
específicamente en criterios en cuanto a Terapia Neural, Acupuntura, Terapias
Vibracionales, Homeopatía, Herbología, esencias florares deben cumplir lo
dispuesto a los nueve estándares de habilitación y su validación correspondiente
por los Entes de control. Quienes practican la Acupuntura, deben cumplir
estándares de dotación y mantenimiento, referentes a las agujas utilizadas,
además de la certificación de idoneidad formal.
-La ley 1164 de 2007: refiere que los profesionales que
ejerzan la medicina alternativa en el tratamiento de pacientes deben poseer un
entrenamiento realizado por instituciones de educación superior reconocidas por
el estado, especialmente en la Medicina Tradicional China, Ayurveda, Medicina
Naturopática y Homeopatía.
NORMAS Y LEYES EXISTEN A NIVEL INTERNACIONAL.
Estas son las normas de algunos países y como están manejando la
medicina tradicional china y acupuntura:
BRASIL
El Ministerio del Trabajo en Brasil, a creado una reglamentación a
través del Código Brasileño de Ocupaciones (CBO), identificado con el
N° 2321-05, el cual define al Acupunturista, Acupuntor, Fito
terapeuta, Técnico corporal en Medicina Tradicional China, Técnico en
Acupuntura, Terapeuta Naturista, Terapeuta Oriental. Además, realizan
diagnósticos energéticos por medio de métodos de la Medicina Tradicional China
para armonizar fisiológica, energética y psico orgánicamente las personas;
aplican estímulos fisicoquímicos y técnicas corporales para tratamiento de
molestias psico-neuro-funcionales y energéticas.
En Rio de Janeiro mediante la norma CEE N° 218/96, 254/00 y
27/01 se reconoce la enseñanza de Acupuntura por instituciones
educativas desde 1996, formando al alumno como Acupunturista. El potencial de
la investigación en Medicina Autóctona en Brasil no tiene problemas desde el
punto de vista netamente científico y desde una perspectiva legal, ya presenta
grandes avances en esta área.
ARGENTINA
Los herbolarios están autorizados a vender medicamentos vegetales, pero
no mezclas. Tienen que emplear a un director técnico farmacéutico. Las mezclas
de medicamentos vegetales están controladas, así como las preparaciones hechas
por la industria, en virtud de la Ley de Medicamentos No. 16,463. Es
pertinente mencionar un proyecto de la Provincia de Buenos Aires para obligar a
los herbolarios a que actúen solamente como mayoristas. Además, las personas
que cultivan plantas medicinales deben tener una autorización del Ministerio de
Salud A fin de obtener autorización para comercializar un nuevo producto
medicinal, en general se requiere tener un laboratorio y cumplir con los
requisitos legales del artículo 27 de la Ley No. 16,463.
CHILE
En agosto de 1992, se creó la Unidad de Medicina Tradicional con el
objetivo de incorporar la Medicina Tradicional a los programas de Salud, con
eficacia comprobada y contribuir al establecimiento de su práctica. Se preparó
una reglamentación para el control de la práctica de las Medicinas Alternativas
y se creó una base jurídica (la Ley No. 19.253 de octubre de
1993) que tiene en cuenta la función de la medicina tradicional en la
salud pública.
En junio de 2005, el Ministerio de Salud de Chile inició el proceso de
regularización de las terapias complementarias; la expedición del decreto
N° 42 de 2004, reglamentó el ejercicio de las prácticas médicas
alternativas como profesiones auxiliares de la Salud, así como los sitios en
que éstas se realizan. Se creó un Grupo de Trabajo, para proponer la normativa
indicada para el reconocimiento y regulación, en el marco el decreto anterior.
Entre enero y febrero de 2006, se realizó una consulta ciudadana en el
sitio en Internet del Ministerio de Salud acerca de propuestas de los decretos
que normarían específicamente los cinco modelos de terapia en que se ha estado
trabajando: Acupuntura, Homeopatía, Naturopatía, Quiromasaje y Terapia Floral;
el objetivo de estas propuestas es orientadas al reconocimiento y regulación
del ejercicio de estas terapias.
En cuanto a la condición jurídica de los medicamentos, existe una
normatividad para que los productos naturales se diferencian legalmente del
siguiente modo
(Código Sanitario):
-Los medicamentos cuyo propósito es curar, aliviar o prevenir
enfermedades (artículo 97).
-Los productos alimentarios para uso medicinal y con propiedades
terapéuticas (artículo 98).
-Los productos alimentarios para finalidades nutricionales (artículo
108).
Según una reglamentación para el control de los medicamentos, los
productos alimentarios para uso medicinal y los cosméticos (decreto No.
435/81). Se consideran medicamentos los productos herbarios con
indicación terapéutica y recomendaciones de dosificaciones. Su distribución se
limita a las farmacias y droguerías que necesitan una autorización especial del
Ministerio de Salud. Se necesita un registro para la autorización de la
comercialización de los productos herbarios, los productos homeopáticos y otros
productos naturales según se definen en el artículo 24 del reglamento.
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